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Debes cotizar en base a tu renta imponible, la cual es el 80% de la suma de los honorarios brutos percibidos en un año calendario, sin considerar descuentos.
Para cotizar, la Renta Imponible anual debe ser mayor o igual a un ingreso mínimo mensual.
El porcentaje a pagar sobre la renta imponible es el siguiente:
• 10% aporte a la cuenta de capitalización individual para financiar la futura pensión.
• 1,27% correspondiente a la comisión de AFP Habitat por administración de fondos.
• 1,54% correspondiente al Seguro de Invalidez y Sobrevivencia.
• 7% para cubrir las prestaciones de salud ya sea Fonasa o Isapre. Esto será obligatorio a partir de 2018.
• 0,95%, Seguro de Accidentes del trabajo y Enfermedades Profesionales, más Tasa de Siniestralidad según actividad económica. Esta tasa de puede obtenerse en el instituto de Seguridad Laboral. El rango de esta tasa es entre 0% a 3,4% dependiendo de la actividad.