Nueva Ley de Independientes
Eres beneficiario de esta ley si…
- Eres trabajador independiente y emites boletas de honorarios por un monto bruto anual igual o mayor a 5 ingresos mínimos mensuales ($1,4 millones de pesos aproximadamente a diciembre 2018).
- Eres hombre menor a 55 años, o mujer menor a 50 años al 1 de enero de 2018.
- No estás afiliado a otro sistema previsional como IPS, DIPRECA o CAPREDENA
Infórmate y conoce toda la información sobre la Nueva Ley de Independientes AQUÍ
En AFP Habitat cotizas el 13,05% de la renta que declares, que se desglosa en:
- 10%
Ahorro para tu pensión
- 1,27%
Comisión de administración
- 1,78%
Seguro de invalidez y sobrevivencia
- Al cotizar en una AFP, estás construyendo una pensión para tu futuro.
- Obtienes cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia que te protege a ti y tu grupo familiar en caso de invalidez o fallecimiento.
- Tú eliges el o los fondos en que deseas que se inviertan tus ahorros.
- Si estás empezando a trabajar y nunca has cotizado, debes afiliarte en la AFP que se adjudicó la licitación y luego de 2 años cotizados puedes cambiarte a Habitat.
- Si ya has cotizado y quieres cambiarte a AFP Habitat en forma rápida, segura y fácil, a través de nuestro sitio web.
Como independiente puedes elegir la forma de realizar el pago de cotizaciones:
Pagos Previsionales
- Es voluntario y se paga en forma mensual.
- Tú eliges el monto que declaras para calcular tu cotización.
- Tú realizas los pagos mensuales mediante Previred.
- Puedes pagar hasta el último día hábil del mes, la cotización correspondiente al mes anterior.
Pago mediante la Declaración de Renta
- Es obligatorio y se paga en forma anual.
- El SII determina el monto que debes pagar de acuerdo a lo informado por tu AFP.
- El pago total, o saldo por cotizar (si es que hiciste pagos provisionales) se descuenta de tu devolución de impuestos.
Importante: Recuerda que según la nueva ley 21.133, los pagos que se realicen de forma voluntaria como trabajador independiente, no serán considerados en la Operación Renta del siguiente año.
Infórmate sobre la nueva ley de Cotizaciones para trabajadores independientes aquí
Antes de ver cómo calcular, revisemos algunos puntos importantes:
- Tu cotización se calcula sobre tu renta imponible anual, la que no debe ser inferior al ingreso mínimo ni superior al tope imponible (90 UF) vigente multiplicado por 12.
- Tu Renta Imponible Anual como trabajador independiente corresponde al 80% de la suma de los honorarios brutos percibidos en el año anterior, sin considerar ningún descuento.
Como independiente puedes afiliarte voluntariamente a uno de los sistemas de salud disponibles: FONASA o ISAPRE, según prefieras.
A partir del año 2018, será obligatorio cotizar para la salud.
Puedes obtener pago de subsidio en caso de licencia médica, siempre que cumplas con los requisitos:
- 1
Contar con una licencia médica autorizada.
- 2
Demostrar una actividad laboral como independiente.
- 3
Tener un mínimo de 12 meses de afiliación a Fonasa o Isapre anteriores al mes que se inicia la Licencia Médica.
- 4
Tener al menos 6 meses de cotizaciones en Fonasa o Isapre, continuas o discontinuas, dentro de los últimos 12 meses de afiliación a salud, anterior al mes en que se inició la licencia.
- 5
Estar al día en el pago de las cotizaciones de salud.
Accedes a los beneficios de salud otorgados por ambas instituciones.
Para más información, visita el sitio web de FONASA o el de la ISAPRE de tu preferencia.
El Seguro Social contra Riesgos por Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales es un sistema de seguridad, que te protege ante Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades profesionales.
- El porcentaje de cotización es de 0,95% de tu renta imponible, más una tasa diferenciada según la actividad que realices.
¿Cómo Afiliarse?
Como independiente, debes incorporarte al seguro de accidentes laborales siguiendo los siguientes pasos:
- Elige la institución: puede ser el ISL o una Mutualidad de empleadores.
- Completa el formulario de adhesión en la entidad que elijas.
- Debes estar afiliado y cotizando en el Sistema de Salud y AFP.
- Debes declarar las actividades de alto riesgo que desarrollas y el tiempo en que las realizas.
- Proporcionar copia de Inicio de Actividades ante el SII. Para más información, visita el sitio web del ISL o la Mutual que elijas para cotizar.
Como independiente, puedes afiliarte voluntariamente a una caja de compensación y acceder a sus múltiples beneficios. El porcentaje a pagar, dependerá de la institución que selecciones.
Al afiliarte en una Caja de Compensación obtienes acceso a los siguientes beneficios:
- Pago por Asignación Familiar.
- Convenios y descuentos.
- Créditos de consumo, hipotecarios y de educación.
- Seguros.
Para más información sobre cobertura, convenios y otros, visita el sitio web de la Caja de Compensación de tu elección.
Si cotizas como dependiente y además emites boletas, puedes cotizar además como independiente, y así construir una pensión de acuerdo a tu actual estilo de vida.
Si tu renta como dependiente es inferior al tope imponible, debes cotizar por los ingresos que recibas por concepto de honorarios, considerando no exceder en la suma de ambas cotizaciones el máximo imponible.
- Si decides no cotizar como independiente, debes renunciar a cotizar en el sitio web del SII antes de realizar tu declaración anual.
- Cotizar como independiente es obligatorio a partir del 2018.
- Mientras más ahorres, mayor será tu pensión.
¿Tu renta como dependiente es superior al tope imponible?
Si tu renta como dependiente es superior al tope imponible vigente, no podrás cotizar como trabajador independiente, pero sí contratar un APV para construir una mejor pensión.
¿Estás cercano a pensionarte?
Si comenzaste a cotizar hace poco tiempo, y estás cercano a pensionarte, es importante que contrates alguna de las Cuentas Voluntarias, para lograr una pensión que se acomode a tus necesidades.