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Nueva Ley de Cotizaciones Trabajadores Independientes

Desde el 2 de febrero de 2019 entró en vigencia esta nueva ley que busca igualar las condiciones de los trabajadores independientes y dependientes en materia de Seguridad Social. Infórmate aquí de las principales características de esta nueva ley

Eres beneficiario de esta ley si...

Resuelve aquí 2 grandes dudas:

¿Qué beneficios tengo con esta ley?

Seguro de invalidez y Sobrevivencia (SIS)

Seguro para financiar pensiones en caso de invalidez y pensiones de sobrevivencia en caso de fallecimiento del afiliado.

Seguros de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales (ATEP)

Cobertura en atención médica gratuita, rehabilitación, orden de reposo (licencias médicas y subsidios por incapacidad laboral), indemnizaciones, pensiones de invalidez y sobrevivencia, asignación por muerte.

Ley SANNA

Otorga licencias médicas y subsidios en caso de enfermedad grave de un hijo.

Salud

Coberturas en atención médica ambulatoria y hospitalaria, licencias médicas, subsidios de incapacidad laboral, subsidios prenatal y postnatal parental.

Pensiones de vejez, invalidez, sobrevivencia y cuota mortuoria

La pensión de vejez es el beneficio que construyes durante tu vida laboral para cuando decidas jubilar.
La pensión de invalidez por su parte, te da derecho a recibir un ingreso mensual, en el caso de que el afiliado sea declarado inválido total o parcial.
Finalmente la pensión de sobrevivencia es un beneficio al cual tienen derecho los integrantes del grupo familiar del afiliado fallecido (se deben cumplir los requisitos establecidos por ley).

¿Cómo se implementa la ley?

Esta ley tiene como objetivo igualar los beneficios de protección social de los trabajadores independientes con los dependientes. Esto se lleva a cabo destinando la retención de impuestos de los independientes a su cobertura en protección social.

Para lograr igualar las condiciones, la retención de impuestos deberá aumentar gradualmente en un periodo de 10 años, comenzando con la retención del 10% en el año 2019 hasta llegar a un 17% en el 2028.

10%

2019

17%

2028
La retención de impuesto aumenta gradualmente 0,75 puntos porcentuales cada año y un 1% el noveno año, para llegar al 17% el 2028.

Para el año 2029, los trabajadores dependientes e independientes estarán en igualdad de condiciones en términos de seguridad social.

¿Tengo que destinar el 100% de mi retención de impuestos al pago de cotizaciones?

Esta nueva ley te da la opción de elegir, en cada operación renta, entre 2 alternativas de cotización con diferentes coberturas y ventajas.

Si estás dispuesto a cotizar por el total de tus ingresos imponibles:

Cobertura Completa

Quienes elijan esta modalidad destinarán toda su retención (10% para el primer año), a las cotizaciones para todos los regímenes de protección social, por lo que los trabajadores quedarán cubiertos en un 100% desde el primer día.

retención: 10% 10% devolución: 0%

*Este gráfico aplica para trabajadores independientes con renta imponible menor al tope.

Si estás dispuesto a cotizar solo un porcentaje del total de tus ingresos imponibles:

Cobertura Parcial

Si eliges esta modalidad, destinarás un porcentaje menor de la renta imponible (5% el primer año) a cotización para pensiones y salud, el cual irá creciendo gradualmente hasta llegar a 100% de la renta imponible, igualando la cobertura completa para el año 2029.*

retención: 10% 10% devolución: 0%
2019
2020
2021
2022
2023
2024
2025
2026
2027
2028
2029

Arrastra para descubrir como cambiará tu devolución

Importante: Entre los años 2019 y 2028 (periodo de transición) podrás alternar
entre ambas opciones de cobertura, en la operación renta de abril de cada año.

Simula tu cotización

Para entender cómo se calcula, primero debemos comprender cuáles son las diferencias entre Renta Bruta y Renta Imponible:

¿QUÉ ES LA RENTA BRUTA?

Son los ingresos que recibes como trabajador independiente
conforme a las boletas de honorarios que hayas emitido en el año.

¿QUÉ ES LA RENTA IMPONIBLE?

Corresponde al 80% DE TU RENTA BRUTA
obtenida en el año del calendario anterior,
con un máximo mensual de 79,2 UF para el año 2019


El cálculo de tu cotización está basado en tu Renta Imponible

¿Cómo se calcula el % destinado a pensiones
y a otras coberturas?

Te ayudamos a clarificar tus dudas con este simulador

¡Atención!

Usted no está obligado a cotizar..


Si lo deseas puedes hacerlo de manera voluntaria.

Ingresa aquí para saber más del aporte voluntario
Calculando...

Por lo tanto, tus cotizaciones serán:


Renta Bruta Anual $

% de Retención

10% = $

El 80% de tu Renta Bruta es tu Renta Imponible:

Renta Imponible Anual $

Tus descuentos previsionales se calculan sobre tu renta imponible.



Entonces tus descuentos previsionales serán:






Si eliges

Cobertura
Completa


PENSIONES

Cuenta Ahorro
Obligatorio ?

2.70%
($31.074)

Comisión
Habitat ?

2.70%
($31.074)

OTROS DESCUENTOS PREVISONALES

Salud ?

2.70%
($31.074)

ATEP
+SANNA ?

2.70%
($31.074)

SIS ?

2.70%
($31.074)

TOTAL

2.70%
($31.074)

DEVOLUCION

2.70%
($31.074)


Arrastra para ver como cambiarán tus cotizaciones

* Año



2019
2020
2021
2022
2023
2024
2025
2026
2027
2028
2029

Si eliges

Cobertura
Parcial


2.70%
($31.074)

2.70%
($31.074)

2.70%
($31.074)

2.70%
($31.074)

2.70%
($31.074)

2.70%
($31.074)

2.70%
($31.074)

Si Eliges
Cobertura Completa

PENSIONES


Cuenta Ahorro
Individual

2.70%
($31.074)

Comisión
Habitat

2.70%
($31.074)

OTROS DESCUENTOS PREVISONALES


Salud

2.70%
($31.074)

ATEP
+ASANNA

2.70%
($31.074)

SIS

2.70%
($31.074)

TOTAL


2.70%
($31.074)

DEVOLUCION


2.70%
($31.074)

Si Eliges
Cobertura Parcial

PENSIONES


Cuenta Ahorro
Individual

2.70%
($31.074)

Comisión
Habitat

2.70%
($31.074)

OTROS DESCUENTOS PREVISONALES


Salud

2.70%
($31.074)

ATEP
+ASANNA

2.70%
($31.074)

SIS

2.70%
($31.074)

TOTAL


2.70%
($31.074)

DEVOLUCION


2.70%
($31.074)

Preguntas Frecuentes



Para mayor información, la Subsecretaria de Previsión Social dispone de una página web www.leyhonorarios.cl donde se responden las principales características de la nueva ley de cotización de los trabajadores independientes.

Además la Subsecretaría cuenta con un call center para consultas más específicas (teléfono 101 opción 1-3 es el call center de IPS – Chileatiende).



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