La Pensión Garantizada Universal (PGU) es un beneficio estatal que garantiza un aporte máximo de $193.917 mensuales con el objetivo de mejorar de manera inmediata las pensiones de las personas de 65 años o más, que no integren un grupo familiar perteneciente al 10% de mayores ingresos de la población de 65 años o más, independientemente de si están o no pensionados.
A partir de junio de 2022, el pago de la Pensión Garantizada Universal (PGU) está a cargo del Instituto de Previsión Social (IPS).
Así los beneficiarios de la PGU recibirán dos pagos:
Pago por parte de la AFP: : que considera el monto de la pensión autofinanciada (retiro programado o renta temporal).
Pago por partes del IPS: : que considera el monto de la PGU más el bono compensatorio, si corresponde.
Sin embargo, existirá una sola Liquidación Consolidada de Pensiones, que incluirá todos los conceptos, ya sean haberes o descuentos, e identificará el monto líquido a pagar por la AFP y el monto líquido a pagar por el IPS, conforme al siguiente formato:
Refleja el descuento que deberá considerar el IPS para recuperar los recursos que transfirió a la AFP, y así financiar el monto faltante del pago de la
totalidad de los descuentos.
Corresponde al monto transferido por el IPS necesario para financiar el monto faltante del pago de la totalidad de los descuentos.
Lo anterior, también implica modificaciones en las fechas de pago programadas. Puedes revisar el nuevo Calendario de Pago de Pensión aquí.
Si tienes un problema con el pago de tu Pensión Garantizada Universal (PGU), puedes realizar un reclamo y hacerle seguimiento en el sitio de Chile Atiende. Ingresa tu reclamo aqui.
Tener 65 años cumplidos. No es necesario estar pensionado.
No ser parte de un grupo familiar perteneciente al 10% de mayores ingresos de la población en Chile. Verifica si cumples con este criterio. Ingresa a: www.registrosocial.gob.cl
Contar con una pensión base menor a la pensión superior (se establece la pensión superior en $1.048.200)
Acreditar residencia en Chile por un lapso mayor o igual a 20 años continous o discontinuos, a partir de los 20 años de edad. Además, debe haber residido en el país por lo menos cuatro de los cinco años a la fecha de la solicitud.
No pueden recibir la PGU los pensionados por Dipreca o Capredena.
Averígualo en la página web de la Superintendencia de Pensiones.
Visita la webEl aporte máximo de la PGU será de $193.917 mensuales y puede ser aplicado de dos formas:
Aporte máximo de $193.917 para las personas con pensión base de hasta $660.336.
Un porcentaje de $193.917 que irá disminuyendo progresivamente para las personas con pensión base entre $660.336 y $1.048.200.
Si tienes: | y recibes: | la PGU será: | tu pensión será de: |
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Pensión Básica Solidaria | $200.000 | $193.917 | $393.917 |
Pensión Base menor a $660.336 | $450.000 | $193.917 | $643.917 |
Pensión Base entre $660.336 y $1.048.200 | $750.000 | $149.100 | $899.100 |
Pensión Base es la suma de:
La PGU se reajustará automáticamente el 1° de Febrero de cada año, de acuerdo a la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor (IPC) en el año calendario anterior al del reajuste, siempre que dicha variación sea positiva (y si es menor a 10%).
Para el año 2023, la PGU se reajustará en el mes de Febrero, considerando el IPC del período de Junio a Diciembre de 2022.
En este caso el reajuste del beneficio se realizará anticipadamente, es decir por la variación del IPC entre el mes siguiente al que se alcance o supere el 10% y el mes de Diciembre del año anterior al del reajuste
La PGU no variará, en este caso el reajuste se realizará en el año calendario siguiente considerando la inflación acumulada de ambos periodos.
A – El beneficiario no entrega los antecedentes que acreditan el cumplimiento de los requesitos necesarios para acceder a este, dentro de los tres meses siguientes al requerimiento.
B – El beneficiario no cobra la Pensión Garantizada Universal durante seis meses continuos.
A – Fallece. El beneficio termina el último día del mes del fallecimiento de la persona.
B – Permanece fuera de Chile. por un lapso superior a 180 días continuos o discontinuos durante un año.
C – Aporta antecedentes incompletos, erróneos o falsos, para acceder a la Pensión Garantizada Universal.
D – Deja de cumplir con el requerimiento de no ser parte de un grupo familiar perteneciente al 10% más rico de la población de Chile.