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¿Qué es la PGU?

La Pensión Garantizada Universal (PGU), es un beneficio estatal que garantiza un aporte máximo de $214.296 mensuales. Este beneficio tiene como objetivo mejorar la pensión de las personas de mayor o igual a 65 años, y que no pertenecen al 10% de mayor ingresos de la población, independientemente de si están o no pensionados.

El pago de la Pensión Garantizada Universal (PGU) está a cargo del Instituto de Previsión Social (IPS).

Por lo tanto, los beneficiarios de la PGU recibirán su pago desde dos entidades:

Pago por parte de la AFP : que considera el monto de la pensión autofinanciada (retiro programado o renta temporal).

Pago por partes del IPS : que considera el monto de la PGU más el bono compensatorio, si corresponde.

Sin embargo, existirá una sola Liquidación Consolidada de Pensiones, que incluirá todos los conceptos, ya sean haberes o descuentos, e identificará el monto líquido a pagar por la AFP y el monto líquido a pagar por el IPS, conforme al siguiente formato:

  • 1 Descuento por pago de exceso

    Refleja el descuento que deberá considerar el IPS para recuperar los recursos que transfirió a la AFP, y así financiar el monto faltante del pago de la
    totalidad de los descuentos.

  • 2 Pago en exceso

    Corresponde al monto transferido por el IPS necesario para financiar el monto faltante del pago de la totalidad de los descuentos.

  • 3 Separación “Líquido a pagar AFP” y “Líquido a pagar IPS” (La suma de ambos equivale a “Líquido a pagar Consolidado”).

Lo anterior, también implica modificaciones en las fechas de pago programadas. Puedes revisar el nuevo Calendario aquí.

Si tienes un problema con el pago de tu Pensión Garantizada Universal (PGU), puedes realizar un reclamo y hacerle seguimiento en el sitio de Chile Atiende.

Recuerda
Desde el 1 de febrero de 2024 el monto de este beneficio aumentará de $206.173 a $214.296 mensuales, esto debido al reajuste por la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Requisitos para acceder a la PGU

A partir de abril de 2023 son:

Tener 65 años cumplidos. No es necesario estar pensionado.

No ser parte de un grupo familiar perteneciente al 10% de mayores ingresos de la población de Chile. Verifica si cumples con este criterio ingresando en www‌.registrosocial.‌gob.cl

Contar con una pensión base menor a la pensión superior (se establece la pensión superior en $1.158.355

Acreditar residencia en Chile por un lapso mayor o igual a 20 años continuos o discontinuos, a partir de los 20 años de edad. Además, debe haber residido en el país por lo menos cuatro de los cinco años a la fecha de la solicitud.

No pueden recibir la PGU los pensionados por Dipreca o Capredena.

Quienes reciben actualmente la PGU no se verán afectados por los cambios que se realizarán durante abril, y podrán recibir su pensión mensual sin la necesidad de realizar ningún otro trámite.

¿Quieres saber si eres beneficiario de la PGU?

Averígualo en la página web del IPS en Línea

Visita la web

Monto del beneficio

El aporte máximo de la PGU será de $214.296 mensuales y puede ser aplicado de dos formas:

Aporte máximo de $214.296 para las personas con pensión base de hasta $729.764

Un porcentaje de $214.296 que irá disminuyendo progresivamente para las personas con pensión base entre $729.764 y $1.158.355

Pensión Base es la suma de:

Si tienes: y recibes: la PGU será: tu pensión será de:
Pensión Básica Solidaria $200.000 $214.296 $414.296
Pensión Base menor a $729.764 $450.000 $214.296 $664.296
Pensión Base entre $729.764 y $1.158.355 $750.000 $182.223 $932.223

Pensión Base es la suma de:

    • Pensión financiada con los ahorros de la Cuenta Obligatoria del afiliado junto con la rentabilidad generada por estos (pensión autofinanciada o PAFE).
    • Pensión de Sobrevivencia.
    • Pensiones otorgadas por los regímenes administrados por el instituto de Previsión Social.

Reajuste monto PGU

La PGU se reajustará automáticamente  el 1° de Febrero de cada año,  de acuerdo a la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor (IPC)  en el año calendario anterior al del reajuste, siempre que dicha variación sea positiva (y si es menor a 10%).

Para el año 2024, la PGU se reajustará en el mes de Febrero, considerando el IPC del período de Junio a Diciembre de 2023.

¿Qué ocurre si la variación del IPC alcanza o supera el 10%?

En este caso el reajuste del beneficio se realizará anticipadamente, es decir por la variación del IPC entre el mes siguiente al que se alcance o supere el 10% y el mes de Diciembre del año anterior al del reajuste

¿Qué ocurre si la variación del IPC es negativa?

La PGU no variará, en este caso el reajuste se realizará en el año calendario siguiente considerando la inflación acumulada de ambos periodos.

Suspensión del beneficio

El IPS lo suspenderá si:

A – El beneficiario no entrega los antecedentes que acreditan el cumplimiento de los requesitos necesarios para acceder a este, dentro de los tres meses siguientes al requerimiento.

B – El beneficiario no cobra la Pensión Garantizada Universal durante seis meses continuos.

Término del beneficio

La PGU se dará por terminada en los casos en que el beneficiario:

A – Fallece. El beneficio termina el último día del mes del fallecimiento de la persona.

B – Permanece fuera de Chile. por un lapso superior a 180 días continuos o discontinuos durante un año.

C – Aporta antecedentes incompletos, erróneos o falsos, para acceder a la Pensión Garantizada Universal.

D – Deja de cumplir con el requerimiento de no ser parte de un grupo familiar perteneciente al 10% más rico de la población de Chile.

Las personas que trabajan podrán recibir la PGU

A contar de agosto de 2022, las personas que trabajan y cumplan con los requisitos pueden recibir la PGU, sin estar pensionados. Así, si estás trabajando debes considerar lo siguiente:

¿Cuáles son los requisitos para recibir la PGU?

Debes cumplir los requisitos de la nueva ley PGU

El monto del beneficio es:

Si tienes una Pensión base menor a $729.764, el monto de la PGU será de $214.296
Si tienes una Pensión base entre $729.764 y $1.158.355, el monto de la PGU disminuirá progresivamente.

¿Debo realizar algún trámite?

Debes realizar una solicitud al IPS a partir de los 64 años con 9 meses de edad.

Comienza a pagarse en:

Desde el mes siguiente a la solicitud o el mes en que cumples los 65 años (el que sea posterior).

¿Quién realiza el pago?

Instituto de Previsión Social (IPS).

Si estás pensionado por vejez pero no recibes el beneficio de la PGU, debes considerar lo siguiente:

¿Cuáles son los requisitos para recibir la PGU?

Debes cumplir con los requisitos de la ley PGU

¿Debo realizar algún trámite?

Debes realizar una solicitud al IPS.

Comienza a pagarse en:

Desde el mes siguiente a la solicitud.

El monto del beneficio es:

- Pensión base menor a $729.764. El monto de la PGU será de $214.296.
Pensión base entre $729.764 y $1.158.355. El monto de la PGU disminuirá progresivamente.

¿Quién realiza el pago?

Instituto de Previsión Social (IPS).

Si actualmente recibes una Pensión Mínima con Garantía Estatal, debes considerar lo siguiente:

¿Cuáles son los requisitos para recibir la PGU?

Debes cumplir con los requisitos de la ley PGU.
Si no realizas la solicitud, seguirás recibiendo tu actual beneficio.

¿Debo realizar algún trámite?

Debes realizar una solicitud al Instituto de Previsión Social (IPS) por una única vez.

Comienza a pagarse en:

Desde el mes siguiente a la solicitud.

El monto del beneficio es:

- Pensión base menor a $729.764. El monto de la PGU será de $214.296.
Si tienes una Pensión base entre $729.764 y $1.158.355, el monto de la PGU disminuirá progresivamente.

¿Quién realiza el pago?

El pago de la PGU lo realiza el IPS.

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