Ahorro Previsional Voluntario (APV) y Depósito Convenido: ¿Cuál te conviene más?
 
              Si estás pensando en mejorar tu pensión futura o simplemente quieres generar ahorro con beneficios tributarios, es importante que conozcas dos herramientas clave del sistema previsional: el Ahorro Previsional Voluntario (APV) y el Depósito Convenido. Ambas suman a tu cuenta previsional, pero tienen características y objetivos distintos.
En esta nota te explicamos cómo funcionan y en qué casos te puede convenir más uno u otro.
¿Qué es el APV?
El Ahorro Previsional Voluntario (APV) es un aporte adicional que haces tú, como afiliado, con el principal objetivo de aumentar tu ahorro previsional, o simplemente ahorrar a largo plazo. Puedes hacerlo en tu AFP o en instituciones autorizadas (bancos, aseguradoras o administradoras generales de fondos), y tú decides cuánto, cuándo y dónde aportar.
Además de ser un mecanismo de ahorro flexible, el APV ofrece beneficios tributarios, que varían según el régimen que elijas:
- Régimen A: Entrega una bonificación anual del 15% de lo ahorrado con un tope de 6 UTM al año. Al momento de retirar los fondos, se tributa únicamente por la rentabilidad generada por el ahorro, no por el monto original y si se retiran los fondos antes de la jubilación, además, se pierde la bonificación recibida más los intereses generados por esa bonificación, lo que no ocurre si destinas este ahorro a pensión
- Régimen B: Permite rebajar el monto aportado de tu base imponible anual, lo que puede significar un menor pago de impuestos o una devolución en la Operación Renta. Este beneficio se recibe al momento de aportar, independiente de si usas el dinero para pensionarte o si lo retiras antes.
Ten en cuenta que:
Si retiras los fondos deberás pagar los impuestos correspondientes. Se retiene el 15% del retiro, para reserva del impuesto a pagar acorde con tu del impuesto tasa Global Complementario del año.
El APV es una herramienta voluntaria y complementaria al ahorro obligatorio, y su efectividad depende de tus ingresos, horizonte de ahorro y planificación tributaria.
¿Qué es un Depósito Convenido?
El Depósito Convenido es un aporte extra que hace tu empleador, como parte de un acuerdo contigo, con el único fin de mejorar tu pensión. No afecta tu sueldo líquido y no puedes retirarlo antes de jubilarte.
Este depósito:
- No sale de tu bolsillo.
- Está exento de impuestos sobre la renta.
- Solo puede usarse al pensionarte, y siempre es administrado por tu AFP.
Es una excelente herramienta si trabajas en una empresa que ofrece este beneficio.
| Característica | APV | Depósito Convenido | 
| ¿Quién hace el aporte? | Tú, como afiliado | Tu empleador | 
| ¿Afecta tu sueldo líquido? | Sí, si lo pagas tú bajo el régimen B. En el régimen A lo pagas directamente. | No | 
| ¿Tiene beneficios tributarios? | Sí | Sí, exento de impuesto a la renta | 
| ¿Puedes retirarlo antes de pensionarte? | Sí, pero pagando impuesto | No | 
| ¿Dónde se administra? | AFP o institución autorizada | Solo en tu AFP | 
| ¿Para qué sirve? | Para aumentar tu pensión o como ahorro | Solo para pensión | 
¿Cuál elegir?
Todo depende de tu realidad y objetivos previsionales:
- Si trabajas con contrato y tu empleador ofrece Depósitos Convenidos, es una muy buena opción: se trata de un aporte adicional a tu pensión que no afecta tu sueldo líquido, no tiene tope imponible, y no constituye renta, por lo que en el momento del aporte no paga impuestos.
- Si eres independiente o prefieres tener más control sobre tu ahorro, el APV puede ser más adecuado: puedes definir cuánto y cuándo aportar y elegir la institución administradora que prefieras.
 Ten en cuenta que si eres trabajador independiente, solo puedes optar por el Régimen A, que otorga una bonificación fiscal al momento de pensionarte si los fondos son destinados a mejorar tu pensión.
¿Y si combinas ambos? Es una estrategia válida: muchas personas usan el Depósito Convenido como base estable y complementan con APV para ajustar su estrategia de ahorro según su renta, horizonte de jubilación o proyecciones de pensión. Consideraciones clave:
- Depósito Convenido: no paga impuestos al momento del aporte, ya que no constituye renta para el trabajador. Sin embargo, al momento de pensionarse, la pensión generada con esos fondos sí tributa como cualquier ingreso, por el total del monto que no haya tributado previamente, incluida su rentabilidad.
Solo si esos fondos se retiran como Excedente de Libre Disposición, aplican exenciones parciales, siempre que se respeten los topes legales.
- APV Régimen A: Los aportes se hacen con dinero que ya pagó impuestos, por lo tanto, no recibes un beneficio tributario inmediato.
 Sin embargo, el Estado deposita una bonificación del 15% del monto que aportaste cada año (hasta un tope), que se abona en tu cuenta y también gana rentabilidad.
Si retiras el APV antes de pensionarte, pierdes esa bonificación y debes pagar impuestos por la rentabilidad obtenida.
En cambio, si usas el APV para mejorar tu pensión, te quedas con la bonificación del Estado, y ese dinero se suma a tu saldo total para calcular la pensión. Como esa bonificación no pagó impuestos al momento del aporte, la pensión generada con esos fondos sí tributará como ingreso.
Antes de decidir, pregúntate:
- ¿Mi empresa tiene beneficios de ahorro previsional?
- ¿Busco mejorar mi pensión o también quiero un ahorro con posibilidad de retiro anticipado?
- ¿Me interesa reducir impuestos hoy o simplemente ahorrar más para el futuro?
Con la reforma de pensiones de 2025 (Ley N° 21.735), el sistema refuerza la importancia del ahorro voluntario como una forma real de complementar tu pensión. Entender estas herramientas te permite decidir mejor y construir una jubilación más tranquila.
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