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Subsidio para Trabajadores Jóvenes
Corresponde a un subsidio estatal mensual, el cual es entregado a empleadores que cuenten con trabajadores jóvenes, y también a aquellos trabajadores jóvenes que cumplan con los requisitos establecidos en la Ley.
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¿Cuáles son las Características?
- Subsidio financiado por el Estado.
- Incentiva a la contratación de trabajadores jóvenes.
- Incentiva a la formalización del trabajo.
- Genera un aumento en la cobertura previsional y a los fondos de pensiones.
- Genera beneficios para el empleador y para el trabajador.
- Equivale al 50% del 10% la cotización previsional obligatoria de la remuneración, calculada sobre el ingreso mínimo. Es decir, sube a un 5% el ingreso mínimo que esté vigente, el que se paga sólo durante las primeras 24 cotizaciones, continuas o discontinuas, que genere el trabajador en el sistema de AFP.
¿Quiénes tienen derecho al Beneficio?
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Los empleadores: Por cada trabajador contratado, entre 18 y 35 años de edad, por una remuneración igual o inferior a 1.5 veces el ingreso mínimo mensual.
Si luego del mes 12 de percibido el beneficio, la remuneración del trabajador se incrementa en hasta 2 ingresos mínimos mensuales, el beneficio se mantiene. El beneficio se pierde en caso de que el aumento se realice antes del mes 13 o por un monto mayor a 2 IMM. - Igual subsidio reciben los trabajadores que se encuentren en la situación descrita anteriormente, el que se integrará a su Cuenta de Capitalización Individual.
¿Cuáles son los Requisitos para obtener este Beneficio?
- El trabajador debe tener entre 18 y 35 años.
- La suma de las remuneraciones del trabajador por las cuales se efectuaron las cotizaciones de seguridad social, debe ser inferior o igual a 1,5 veces el ingreso mínimo mensual.
- El trabajador debe registrar menos de 24 cotizaciones, continuas o discontinuas, en el Sistema de Pensiones del DL Nº 3.500, de 1980.
- Tener pagadas o declaradas las cotizaciones de seguridad social dentro del plazo legal (AFP, salud, cotización accidentes del trabajo). Éstas tienen incidencia directa en las gestiones que haga el empleador para mantener el pago de sus cotizaciones al día.
¿Cómo obtengo este Subsidio?
Presencialmente:
- Debes presentar tu cédula de identidad vigente.
- Tú o el empleador deben asistir a una sucursal del Instituto de Previsión Social (IPS), o bien AFP Habitat
- Si lo solicitas en la AFP, debes firmar un Mandato especial para requerir ante el IPS el subsidio a la Cotización. Este formulario existe en la Administradora y no requiere autorización notarial.
Vía Internet:
- Directamente en www.ips.gob.cl, ingresando tus datos.
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