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Información Económica

¿Cuáles son los beneficios del Sistema de AFP


Hoy en día pertenecer al Sistema de AFP tiene importantes beneficios para quienes deciden ingresar al sistema y ahorrar para su futuro. Entre los cuales podemos destacar:

  • Contar con una Pensión de Vejez; a través de este beneficio, que construyes durante tu vida laboral, podrás contar con un monto en dinero cuando decidas jubilar, acorde a tu estilo de vida. 

 

  • Contar con una Pensión de Invalidez; es un beneficio que te da derecho a recibir un ingreso mensual al ser declarado inválido total o parcial por una comisión médica dependiente de la Superintendencia de Pensiones. Para jubilar por Invalidez, debes tener menos de 65 años si eres hombre o mujer y no estar pensionado por vejez. 

 

  • Contar con una Pensión Anticipada; esta pensión anticipada es un beneficio que te permite jubilar antes de cumplir la edad establecida por ley, siempre que cumplas con los requisitos.

 

  • Contar con una Pensión de Sobrevivencia; esta pensión es un beneficio al cual tienen derecho los integrantes del grupo familiar del afiliado fallecido, que al momento del fallecimiento, cumplan con los requisitos establecidos por ley. 

 

  • Contar con una Herencia; este monto se paga del saldo proveniente de la Cuenta Obligatoria o de la Cuenta de Ahorro Voluntario de un afiliado fallecido, luego de pagar la Cuota Mortuoria y de verificar que no tiene beneficiarios para pagar Pensión de Sobrevivencia. Si el afiliado fallecido no deja un testamento ante abogado, el dinero será repartido según grado parentesco de acuerdo a lo que establece la ley

 

  • Contar con una Cuota Mortuoria; la Cuota Mortuoria es un beneficio equivalente a 15 UF que se pagan cuando un afiliado fallece, los cuales se retiran de la cuenta del afiliado, y se paga a quien acredite haberse hecho cargo de los gastos funerarios.

 

  • Contar con un Excedente de Libre Disposición; cuando te vas a jubilar se determina el monto necesario para pagar tu pensión, dependiendo de eso, si ahorraste lo suficiente, y cumples con el capital necesario, puedes retirar un porcentaje como excedente de libre disposición.


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