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Madres de hijos no matrimoniales de un afiliado fallecido del IPS

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El IPS creó un nuevo beneficio para madres de hijos no matrimoniales de un afiliado fallecido perteneciente a dicha Institución,

el cual consiste en una pensión mensual permanente y vitalicia.
Las condiciones para acceder al beneficio son: Haber estado soltera o viuda al momento del fallecimiento del afiliado, haber vivido a expensas del mismo, y que los hijos estén reconocidos al menos tres años antes de la muerte del afiliado.
Para solicitarlo, debe acudir a los centros de atención del IPS, donde le entregarán una guía de trámite, para que posteriormente lleve todos los documentos solicitados en la guía.

Fuente: El Mercurio

 

 

 

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